Arraigo Social
El arraigo social es una autorización de residencia temporal destinada a aquellas personas extranjeras que han vivido en España durante al menos tres años de forma continuada, y que pueden demostrar su integración social y la existencia de vínculos personales o laborales en el país.
Requisitos principales:
- Acreditar una permanencia continuada de al menos tres años en España mediante empadronamientos, informes médicos, escolares u otros documentos. 
- No tener antecedentes penales ni en España ni en el país de origen. 
- Contar con: - Un contrato de trabajo de al menos un año, o bien 
- Vínculos familiares con ciudadanos residentes legales en España (cónyuge, pareja registrada, padres, hijos), o bien 
- Presentar un informe de integración social, emitido por la Comunidad Autónoma, que acredite tu inserción en la sociedad española. 
 
- Demostrar medios económicos suficientes en caso de que el contrato no sea aplicable. 
¿Cómo te ayudamos?
Desde GP Gestoría nos encargamos de todo el proceso: recopilamos y revisamos toda tu documentación, te acompañamos en la solicitud del informe de inserción social, elaboramos tu expediente, tramitamos tu solicitud ante la Oficina de Extranjería y hacemos el seguimiento hasta la resolución final.
