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Arraigo Social

El arraigo social es una autorización de residencia temporal destinada a aquellas personas extranjeras que han vivido en España durante al menos tres años de forma continuada, y que pueden demostrar su integración social y la existencia de vínculos personales o laborales en el país.

Requisitos principales:

  • Acreditar una permanencia continuada de al menos tres años en España mediante empadronamientos, informes médicos, escolares u otros documentos.

  • No tener antecedentes penales ni en España ni en el país de origen.

  • Contar con:

    • Un contrato de trabajo de al menos un año, o bien

    • Vínculos familiares con ciudadanos residentes legales en España (cónyuge, pareja registrada, padres, hijos), o bien

    • Presentar un informe de integración social, emitido por la Comunidad Autónoma, que acredite tu inserción en la sociedad española.

  • Demostrar medios económicos suficientes en caso de que el contrato no sea aplicable.

¿Cómo te ayudamos?

Desde GP Gestoría nos encargamos de todo el proceso: recopilamos y revisamos toda tu documentación, te acompañamos en la solicitud del informe de inserción social, elaboramos tu expediente, tramitamos tu solicitud ante la Oficina de Extranjería y hacemos el seguimiento hasta la resolución final.

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